Lesión medular y jubilación anticipada: ¿por qué debe reconocerse a todos los casos, sean traumáticos o no?

La Federación Nacional ASPAYM ha presentado un informe técnico para solicitar al Gobierno una reforma esencial del Real Decreto 370/2023. El objetivo es claro: que la jubilación anticipada incluya a todas las personas con lesión medular, sin importar si el origen de su lesión ha sido traumático o no.

1. Contexto normativo actual
Actualmente, la normativa solo contempla el derecho a la jubilación anticipada en casos de lesión medular traumática, lo que excluye de facto a una parte del colectivo con necesidades y limitaciones similares.
2 ¿Qué defiende La Federación Nacional de ASPAYM?
Que la jubilación anticipada se base en las consecuencias funcionales y clínicas reales de la lesión, no en su causa. La etiología (traumática o no traumática) no debe ser un factor de discriminación.
3. ¿Qué justifica esta propuesta?
Estudios médicos concluyen que:

  • El pronóstico funcional depende del nivel neurológico y la severidad de la lesión.
  • Las complicaciones secundarias, riesgos médicos, y necesidades de rehabilitación son comparables.
  • Las barreras para la reincorporación laboral son equivalentes en ambos grupos.

4. Un cambio necesario por igualdad real
Esta propuesta busca avanzar hacia una sociedad más justa e inclusiva, donde todas las personas con lesión medular cuenten con los mismos derechos sociales y laborales.

La discapacidad no debería definirse por cómo llegó, sino por lo que implica en la vida de la persona. Apostamos por una legislación basada en evidencias, no en prejuicios.

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